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Resolución General 5003. La AFIP reglamento los cambios y las nuevas categorías del Monotributo 2021.
Estos cambios fueron establecidos en la ley 24.9777, Régimen de sostenimiento e inclusión fiscal para pequeños contribuyentes. La Ley de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes, aprobada a comienzos de abril, introdujo un conjunto de modificaciones en el monotributo que armonizan la transición hacia el régimen general (autónomos) tanto en términos administrativos como en los montos de las obligaciones que deben afrontar los contribuyentes. Para aquellos que se mantienen en el monotributo se establecieron nuevos valores para las categorías actuales, actualizados de acuerdo a la variación del haber mínimo garantizado, los mismo tienen vigencia desde enero de 2021. Categorización retroactiva 2021 La normativa contempla que, a partir de la…
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Créditos a tasa cero para monotributistas.
Créditos a tasa cero para monotributistas.
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INGRESO FAMILIAR DE EMERGENCIA
Novedades sobre la ayuda económica que dará el estado por un importe de $10.000 pesos para monotributistas y personas que trabajan en la informalidad.
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Ingreso Familiar de Emergencia.
Ayuda económica que dará el estado por un importe de $10.000 pesos para monotributistas y personas que trabajan en la informalidad. A continuación les detallamos un resumen de lo que se dijo en tal conferencia, es importante destacar que se espera la publicación de la norma para más detalle: Ingreso para trabajadores independientes en situación de informalidad, o monotributistas clase A y B. Cubre a personas de entre 18 y 65 años. Consistirá de un pago único de $ 10 mil en el mes de abril. «Podría repetirse si las circunstancias lo ameritan». No es para jubilados o pensionados. Los beneficiarios deben ser argentinos nativos, naturalizado, o residente legal con…
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CATEGORIAS MONOTRIBUTO
Referencias: (*) Este parámetro no deberá considerarse en ciudades de menos de 40.000 habitantes (excepto algunas excepciones). (**) Quedan exceptuados de ingresar cotizaciones al régimen de la seguridad social y a obras sociales, los siguientes sujetos: Quienes se encuentran obligados por otros regímenes previsionales Los menores de 18 años Los contribuyentes que adhirieron al monotributo por locación de bienes muebles y/o inmuebles Las sucesiones indivisas continuadoras de los sujetos adheridos al régimen que opten por la permanencia en el mismo. Quienes se jubilaron por leyes anteriores al 07/1994 (Nº 18.037 y Nº 18.038), es decir jubilados hasta el 06/1994. (***) Afiliación individual a Obra Social, sin adherentes. Por cada adherente…