DÓLAR
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RESUMEN NORMATIVO DEL «DÓLAR»

Ante las recientes modificaciones de la normativa vinculada a la divisa extranjera, les facilitamos un pequeño punteo de lo más relevante. El mismo fue elaborado por Tributum (periódico tributario), proveedor del estudio.

Se dispone un nuevo régimen de percepción en los impuestos a las Ganancias o Sobre los Bienes Personales en las operaciones alcanzadas por el “Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS)” (Ley 27.541 y Dec 99/2019)

RÉGIMEN DE PERCEPCIÓN

🚶‍♂️🏭 Sujetos: residentes en el país
💵 Operaciones: Compra de billetes y divisas en moneda extranjera, pago a servicios a no residentes, bienes o servicios del exterior con tarjetas de crédito, débito o compra, servicios en el exterior a través de agencias de viajes y turismo y transporte pasajeros fuera del país (ídem impuesto PAIS)
⏰ Oportunidad: al momento de operación cambiaria o cobro del resumen y/o liquidación de la tarjeta.
🔢 Alícuota: 35 por ciento
📝 Carácter: computo pago DDJJ Ganancias o Bienes Personales
📆 DDJJ: mismo periodo fiscal
👷‍♂️ Monotributistas y otros no contribuyentes LIG e ISBP: solicitud de devolución
📆 Plazo: año calendario siguiente a la percepción
📅 Operaciones: a partir 16/09/2020
📅 Vigencia: 16/09/2020

Resolución General 4815/2020


Se disponen diversas restricciones para el acceso al mercado único y libre de cambios relacionado con el pago de consumos, importaciones, financiaciones, compras y otras obligaciones.

SUJETOS: PERSONAS HUMANAS

1️⃣ Cupo: u$s 200 por mes
💳 Consideración: consumos con tarjetas de débito y crédito en u$s
📆 Excedentes: imputación cupo mes siguiente
📅 Vigencia: consumos desde 01/09/2020
2️⃣ Sujetos: beneficiarios diferimiento créditos e hipotecas UVA
🚫 Prohibición: acceso mercado de cambios y ventas títulos públicos CCL
3️⃣ Compromiso no compra títulos públicos CCL. Plazo: ampliación a 90 días
SUJETOS: TODOS
1️⃣ Prohibición liquidación en $: transacciones y adquisición títulos valores en el exterior
2️⃣ Vencimientos de capital 15/10/2020 al 31/03/2021
🚫 Plan de refinanciación: no superior al 40% del monto y el resto refinanciado externamente min 2 años.
🙋‍♂️ Presentación: ante BCRA
📅 Vigencia: 16/09/2020

COMUNICACIÓN “A” 7106

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