MEDIDAS ECONÓMICAS PRODUCTO DEL CORONAVIRUS
Les facilitamos un resumen de las principales novedades económicas que se dieron en nuestro país.
LABORAL
Licencias especiales con goce de sueldo:
Empleados mayores de 60 años, embarazadas, trabajadores de la salud, quienes se encuentre en los grupos de riesgo según la autoridad sanitaria y aquellos que tengan hijos menores escolarizados.
Home Office:
Las empresas deben informar a la ART el listado del personal que se encuentre trabajando bajo la modalidad «Home Office»
Retribución:
Los trabajadores que trabajen «remoto» cobrarán el sueldo habitual.
En aquellos casos que no sea posible, cobrarán la misma retribución pero tendrán carácter no remuneratorio, (el empleador no ingresar aportes y contribuciones a la seguridad social pero si Obra Social, ART, Seguro de vida y sindicato).
Rubro de la Salud:
Se reducen un 95% las contribuciones patronales con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino, por 90 días.
Se establecen que por 90 días, las alícuotas del impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operatorias serán del 2,50‰ y del 5‰ , cuando se trate de empleadores de la salud.
Asignación estímulo de $5000 para todo empleado/ contratado del sector.
AFIP
- Se estableció la suspensión de los plazos de inspecciones y verificaciones.
- No hay prórroga de los vencimientos ni del pago de los impuestos.
- Se prorrogó hasta el 30/06 la adhesión a los planes de pagos permanentes.
- Se prorrogó la adhesión a la Moratoria hasta el 30/06.
- Se suspendieron los embargos hasta el 30/04.
- Se dispuso la ampliación de los trámites en forma digital desde la web hasta el 30/06.
- No se podrán realizar trámites presenciales hasta el 31/03, siendo reprogramados los turnos ya otorgados.
- Impuesto a las Ganancias de empleados fue postergado hasta el 30/04 la presentación del SIRADIG 2019.
- Con respecto al Monotributo se suspendieron las exclusiones y las bajas de oficio por falta de pago durante el mes de Marzo.
ANSES
Bono de $3.000 para jubilados, pensionados, titulares de la AUH y Asignación Universal por Embarazo, (o la diferencia hasta alcanzar los $18.000 de jubilación).
Extiende a sus afiliados el período de gracia para el pago de cuotas de créditos durante abril y mayo.
Suspendió el trámite de «Supervivencia» para los cobros de Marzo y Abril.
Ingreso Familiar por Emergencia: se encuentra disponible la preinscripción desde la web de Anses, para el cobro del Bono único de $10.000
El seguro de desempleo se prorrogó su pago y aumentó a $4.396,20
JUSTICIA
Feria Judicial:
La Corte Suprema de Justicia de la Nación suspendió hasta el 31/03 todo proceso en juzgados nacionales y federales.
BANCOS Y OTROS
Clearing bancario: los bancos funcionan en modalidad automática, con depósitos vía cajeros automáticos.
Los bancos no cobran gastos por operaciones en cajeros automáticos.
Se suspenden hasta el 30/04 las multas y el cierre e inhabilitación de cuentas bancarias con motivo del rechazo de cheques por falta de fondos. Además de la obligación de que las instituciones crediticias requieran a los empleadores, en forma previa al otorgamiento de crédito, un libre deuda en conceptos de aportes y/o contribuciones.
El correo trabaja en forma normal, con horario reducido, y se exime de la firma de recepción de las cartas.
Se suspende el corte del suministro de energía eléctrica, agua corriente, gas por redes, telefonía fija y móvil e Internet y televisión por cable, no podrán suspenderlos por falta de pago -hasta 3 facturas consecutivas o alternas-, por 180 días para los sujetos indicados en el DU 311/2020.
En cuanto a las hipotecas, se suspenden las ejecuciones y se congelan las cuotas hasta el 30/09. (DR 319/2020). En las deudas por las cuota impagas y por las diferencias de precios podrán abonarse en cuotas desde octubre sin intereses punitorio ni sanciones.
Para los alquileres, se prorrogan los contratos y congelan los valores hasta 30/09, además de prohibirse los desalojos. En las deudas por las cuota impagas y por las diferencias de precios podrán abonarse en cuotas desde octubre sin intereses punitorio ni sanciones.
PERMISO PARA CIRCULAR:
Quienes realicen actividades definidas como «Esenciales» deben emitir un certificado para la circulación hasta su lugar de trabajo.
Dicho certificado se genera a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD), ingresando a https://tramitesadistancia.gob.ar/ , y será exhibido a requerimiento de la autoridad competente al momento de circular por la vía pública, junto con el Documento Nacional de Identidad.
Instructivo para tramitarlo.